La contrarreforma para la

radio y la televisión

 

26 de enero de 2006

 

Raúl Trejo Delarbre

 

   La minuta que la Cámara de Diputados aprobó el 1 de diciembre pasado resultó llamativa por varias causas. La primera de ellas fue la celeridad con que los diputados conocieron, se abstuvieron de discutir y votaron por unanimidad ese proyecto de Decreto. En solamente siete minutos, como dijimos en su oportunidad, se consumó aquel atentado a la sociedad mexicana.

   La reforma de los siete minutos no resuelve los muchos vacíos legales que existen para la radiodifusión y su imbricación con las nuevas tecnologías de la comunicación. Al contrario, crea nuevos obstáculos para el desarrollo de ese servicio público. Su principal propósito es abrir un nuevo frente de negocios a las empresas que ya tienen concesiones de televisión al autorizarles el usufructo, para servicios distintos a los de radiodifusión, de las frecuencias con las que ahora cuentan sin que necesariamente deban entregar por ello contraprestación alguna al Estado mexicano. Esa contrarreforma no impulsa el desarrollo de la radiodifusión ni de las telecomunicaciones, no le abre a la sociedad mexicana opciones en esos campos, no promueve la apropiación ni el aprovechamiento nacionales de las nuevas tecnologías. Lo que pretende esa contrarreforma es, simple e irresponsablemente, beneficiar con un nuevo negocio a las empresas de televisión.

   Todos sabemos de quiénes estamos hablando. Todos conocemos el acaparamiento de frecuencias, la monopolización del mercado y desde luego la indigencia que prevalece en los contenidos difundidos por tales empresas. Por eso, a la minuta que el Senado tiene la responsabilidad de estudiar y dictaminar ha sido posible ponerle nombre y apellido. A estas reformas a las leyes de telecomunicaciones y de radio y televisión se les ha denominado, en una manera de señalarlas con todas sus letras, como Ley Televisa. Los vínculos profesionales y personales de varios de sus promotores más insistentes, la manera como se eludió su discusión en la Cámara de Diputados, los amagos que desde comienzos de diciembre se manifestaron en el Senado para imponerla sin deliberación y muy especialmente sus principales objetivos nos permiten no sólo denominarla como la Ley Televisa sino, junto con ello, asegurar que su aprobación constituiría un histórico motivo de oprobio para los legisladores y el país.

  

   Convergencia tecnológica

   El tema central de ese proyecto se encuentra en el artículo 28 de las reformas a la Ley Federal de Radio y Televisión. Allí se faculta a los concesionarios para ofrecer servicios de transmisión de datos, telefonía, Internet y otros utilizando las frecuencias que les han sido asignadas para transmisiones de radiodifusión. Para ello únicamente deberían hacer una solicitud a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes la cual, se dice, “podrá requerir” el pago de una contraprestación.

   Dicho artículo tiene al menos siete implicaciones e insuficiencias ominosas.

   1. Esos servicios de telecomunicaciones, adicionales a los de radiodifusión, serían autorizados sin licitación o concurso a diferencia del procedimiento que deben cumplir las empresas de telefonía y conducción de datos. No se vale que a unos empresarios se les exente de obligaciones que otros han tenido que acatar.

   2. Al no ser forzoso, el pago de la contraprestación estaría sujeto a la potestad de la autoridad administrativa. Como todos sabemos, uno de los grandes atrasos en el régimen legal para la radiodifusión en nuestro país ha sido la discrecionalidad que ejerce la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en la asignación de concesiones. Si la reforma que comentamos se aprueba, esa discrecionalidad incluiría la decisión sobre el monto a cobrar e incluso, sobre la pertinencia de cobrar o regalar a las televisoras el uso, para funciones adicionales, de las frecuencias concesionadas. El monto de ese regalo que podrían recibir empresas como Televisa ha sido estimado en varios centenares de millones de dólares.

   3. Los interesados en ofrecer tales servicios de telecomunicación y que no disfrutan de concesiones de radiodifusión quedarían marginados de esa posibilidad. Para decirlo de otro modo: quienes ya son privilegiados porque usufructúan concesiones tendrían la vía libre para participar en un negocio adicional. Pero otros ciudadanos serían automáticamente marginados de tal posibilidad –al menos en las plazas donde el especto radioeléctrico ya está saturado­­–.

   4. Las estaciones permisionadas –es decir, las radiodifusoras y televisoras de índole cultural, educativa y/o gubernamental, pero también las radiodifusoras comunitarias– quedan excluidas de la posibilidad de ofrecer tales servicios adicionales de telecomunicaciones.

   5. Al asignar a la SCT la responsabilidad de tales decisiones, se mantiene la marginación y la debilidad de la Comisión Federal de Telecomunicaciones.

   6. La mencionada contrarreforma establece, por omisión, un formidable regalo adicional a las televisoras que, en julio de 2004 y en virtud de un Acuerdo del gobierno federal, recibieron la posibilidad de contar con una frecuencia adicional, por cada una de las que ya tenían, con el propósito de facilitar el tránsito a la televisión de carácter digital. Aunque en ese Acuerdo se dice una y otra vez que tales frecuencias adicionales se otorgan de manera temporal, la legislación ahora propuesta no establece los mecanismos para que así se hiciera. De esa manera las televisoras, que hoy en día tienen el doble de las concesiones que usufructuaban hace dos años, podrían quedarse de manera indefinida con esas frecuencias adicionales.

   7. También se abre la puerta a la inversión extranjera directa en la radiodifusión. Al establecer que la Ley de Radio y Televisión estará supeditada (“en lo que no se oponga”) a la de Telecomunicaciones y al disponer la sustitución de los títulos de concesión por otros nuevos se somete a la radiodifusión a las reglas vigentes para sectores como la telefonía en donde sí es posible la inversión de esa índole.

 

   Asignación de concesiones [1]

   La Comisión Federal de Telecomunicaciones, Cofetel, adquiriría nueva composición y atribuciones, de acuerdo con las reformas que los diputados aprobaron a la legislación de ese ramo. Pero en la asignación de concesiones solamente podría opinar. La decisión final seguirá siendo de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. Y en el otorgamiento de permisos, todo el trámite tendría que seguirse haciendo ante esa dependencia. A la Cofetel no se le reconoce participación alguna respecto de la radiodifusión no comercial.

   Las concesiones de radio y televisión se otorgarían por licitación. Eso parece adecuado. Pero la reforma de los diputados no establece criterios para tal concurso. El único atributo que se menciona es el pago de una “contraprestación económica”. Eso significa, simple y desfachatadamente, que de acuerdo con esa reforma legal los beneficiarios de nuevas concesiones serán quienes tengan más dinero para pagarlas.

   Allí se encuentra otra de las vertientes riesgosas –para la Nación, para la sociedad, para la competencia necesaria entre los medios mismos– en la reforma que los diputados aprobaron con tanta ligereza. El que paga manda: esa sería la divisa con que podría explicarse la asignación de concesiones de radiodifusión. Aunque a los solicitantes de una concesión se les pediría, junto a diversas especificaciones técnicas, que presenten un “proyecto de producción y programación”, el factor esencial para esas decisiones será el dinero. Una de las causas para que una licitación pudiera ser cancelada sería la insuficiencia de las ofertas financieras (la SCT declararía desierto el procedimiento si  considera que “las contraprestaciones ofrecidas no son satisfactorias”). 

   Las concesiones tendrían una vigencia de 20 años. Es un plazo menor que los 30 años que la actual legislación establece como máximo. Pero se encuentra muy por arriba del promedio que se asigna a las concesiones en la mayoría de los países desarrollados.

   Por otro lado, la propuesta que comentamos no incluye providencias para evitar la colusión de intereses en la conformación de la nueva Comisión de Telecomunicaciones. En distintos proyectos se ha sugerido que existan limitaciones expresas para que quienes son directivos de empresas relacionadas con la radiodifusión y las telecomunicaciones, o aquellos que son legisladores federales, no puedan formar parte de dicha Comisión al menos durante los dos años posteriores al ejercicio de esas responsabilidades.

 

   Producción independiente

   En un aparente esfuerzo para respaldar a los productores de televisión y radio que no trabajan al servicio de los grandes consorcios, la nueva ley autoriza a los radiodifusores a difundir 5% más de tiempo de publicidad siempre y cuando destinen al menos 20% de sus espacios a ese tipo de programas.

   Podría considerarse que todo lo que se haga para apuntalar la producción mexicana es saludable. Pero el hecho de premiar por transmitir material nacional no pareciera ser el mejor precedente ni el mejor recurso. La ley aprobada en San Lázaro no define qué ha de entenderse por “producción nacional independiente” de tal manera que a los consorcios de la radiodifusión les resultará fácil ganar, con sencillos subterfugios, la bonificación del 5% en tiempo publicitario.

 

   Compra de tiempos electorales

   Un aspecto que pareciera pertinente de la reforma es la facultad que otorga al Instituto Federal Electoral para adquirir la publicidad política en televisión y radio durante los procesos electorales. Pero allí hay otra trampa. El artículo 79-A de la propuesta de reformas a la Ley de Radio y Televisión indica que las empresas de radiodifusión “deberán informar” al IFE “sobre la propaganda que hubiese sido contratada por los partidos políticos o por los candidatos” y más tarde se dice que el propio IFE “será la instancia encargada de pagar la publicidad electoral de los partidos políticos con cargo a sus prerrogativas”. Eso implica que los partidos seguirán contratando esos espacios , merced a negociaciones con las empresas.

   Los partidos seguirán siendo clientes que es en lo que se han convertido, más que en interlocutores, de las cadenas de televisión y radio. A la autoridad electoral se le asigna el papel de simple pagador de los compromisos financieros que los partidos adquirirían con los concesionarios. Y, en contra de la legislación electoral vigente, se les concede a los candidatos la posibilidad de comprar espacios para propaganda política.

 

Lo que falta

   En las líneas anteriores nos hemos ocupado de algunos de los muchos aspectos discutibles en la mencionada propuesta. Además, ese documento padece omisiones relevantes. Entre los principales, son inquietantes los siguientes.

   - La iniciativa no establece límites a la concentración de las empresas de radio y/o televisión. La ausencia de ese, que ha sido uno de los ejes principalísimos en distintos intentos de reforma legal, significaría que existiera vía libre para que cada vez haya más medios en menos manos. En el plano internacional existen diversas modalidades para atajar la concentración de los medios electrónicos. En México, en distintas ocasiones se ha sugerido la posibilidad de negar el otorgamiento de nuevas concesiones a las empresas que ya tengan más del 35% de las frecuencias en una localidad específica.

   – La propuesta que comentamos no se ocupa, mas que para imponerles nuevas restricciones, de los medios del Estado que se mantienen en el régimen de estaciones permisionadas. No detallaremos aquí las muchas insuficiencias que los operadores de tales medios –televisoras y radiodifusoras educativas y culturales, canales legislativos y de gobiernos estatales, etcétera– han sugerido remediar con una legislación para reivindicarlos y no para exterminarlos como sucede con la que está por dictaminar el Senado. Simplemente mencionamos ésa como una laguna que sería inadmisible que los legisladores mantuvieran.

   – Responsabilidades de los medios. No se dice una sola palabra acerca de los deberes que los radiodifusores, en tanto usufructuarios de un servicio público, tienen con la sociedad.

   – Tampoco se incluye el derecho de réplica que suele ser, en el mundo civilizado, una prerrogativa elemental de los ciudadanos para aclarar o impugnar menciones formuladas en los medios y que afecten su honorabilidad o fama pública.

   – Una nueva legislación en este campo tendría que actualizar las sanciones a quienes infrinjan disposiciones del marco jurídico para los medios electrónicos. Las actuales sanciones, en la mayor parte de los casos son inoperantes.

 

* * *

   La convergencia tecnológica ofrece nuevas oportunidades de comunicación, información y educación a las sociedades contemporáneas. La digitalización de los contenidos, junto con el desarrollo de las comunicaciones a distancia, permite la fusión de formatos, el acopio de datos, la interacción y el despliegue de la creatividad de los usuarios de los nuevos medios de comunicación. En todo el mundo, la convergencia tecnológica es reconocida como uno de los campos sin cuyo desarrollo las sociedades no pueden tener auténtico futuro. Para ello, en todo el mundo también se ha entendido que es preciso actualizar los regímenes legales.

   México necesita de un marco regulatorio capaz de estimular los rasgos virtuosos de la sociedad de la información. Propiciar la competencia, así como estimular la creatividad y la participación, tendrían que ser las coordenadas de una reforma legal para aprovechar los beneficios de la convergencia tecnológica. Pero la que se examina hoy no es una reforma capaz de llevarnos en esa dirección. Al contrario: la que de manera tan inopinada aprobaron los diputados es una propuesta que atenta contra la competencia y la variedad de opciones en la radiodifusión y las telecomunicaciones y que violenta las posibilidades de desarrollo tecnológico. Se trata de una reforma destinada a beneficiar a un par de empresas. Por eso la Ley Televisa ha concitado un rechazo tan amplio.

   En contra de esa iniciativa se han manifestado, entre otros, la Comisión Federal de Competencia, destacados empresarios de la radiodifusión y las telecomunicaciones, especialistas desde los campos académico y profesional, destacadísimos cineastas, creadores de televisión, escritores y artistas. Los medios públicos de este país se ha cohesionado en oposición a tal contrarreforma.

   A favor de la Ley Televisa no se han expresado mas que personeros de esa empresa y consultores cuyos intereses profesionales han sido arrendados por ella. La pobreza de recursos argumentales de quienes la defienden ha sido palmaria.

 

 



[1] Este apartado y los dos siguientes recuperan parte del diagnóstico que hicimos en el texto “En siete minutos” que la revista etcétera publicó en un suplemento con su edición de diciembre de 2005.